POR MULTIPLES ABUSOS 20 AÑOS DE PRISION
Trabajaba en un club de Viedma e invitaba a cuatro hermanitas a pasar el fin de semana y abusaba de ellas.
22-9-26
Hedito del Tránsito Meza Torres fue condenado a 20 años de prisión por abusar sexualmente de cuatro hermanitas que lo consideraban de su familia.
El imputado se encargaba de trabajos de mantenimiento en el club Sol de Mayo, ubicado en la costanera de Viedma. Allí vivía y los fines de semana solía invitar a las cuatro niñas a esas instalaciones donde las abusó durante años, cuando las víctimas tenían entre cinco y 12.
Una charla de Educación Sexual Infantil –ESI- en una escuela de Viedma fue el disparador para que una de las nenas diera señales de lo que padecía, generando que sus hermanas también pudieran contar la misma situación y los padres denunciar acompañados por las autoridades de la primaria.
Meza Torres era padrino de una de las niñas y considerado de la familia por las criaturas y sus padres. Con frecuencia quedaba al cuidado de ellas en la casa o en el club cuando las invitaba a pasar el fin de semana. Ayudaba a la familia con comida, dinero y ropa para las niñas.
PEDIDO FISCAL Y DEFENSORIA DE MENORES.
Desde prensa del Superior Tribunal de Justicia se detalló que la pena impuesta por el Tribunal de Juicio integrado por los jueces Ignacio Gandolfi, Carlos Reuss y Juan Brussino coincidió con la solicitada por la Fiscalía y la Defensoría de Menores.
En un juicio abreviado parcial Meza Torres aceptó su responsabilidad en los hechos pero quedó pendiente la pena a aplicar que fue fundamentada por las partes en una reciente audiencia y hoy resuelta por el Tribunal.
Este hombre de 65 años fue condenado a 20 años de prisión por “abuso sexual agravado por la guarda y por el acceso carnal en dos de los casos”.
DURANTE 12 AÑOS
Los hechos se extendieron en distintos períodos entre 2012 y septiembre de 2024.
Durante el juicio de cesura, la fiscal del caso Maricel Viotti Zilli solicitó una pena de 20 años de prisión. Para determinar ese monto analizó las circunstancias agravantes y atenuantes previstas por los artículos 40 y 41 del Código Penal. Entre otros elementos, consideró la cantidad de víctimas, sus edades, la extensión temporal de los hechos, la relación de confianza y guarda, las amenazas y las consecuencias acreditadas mediante las pericias. Como atenuantes, valoró el reconocimiento de los hechos y la ausencia de antecedentes penales.
El Defensor de Menores, Juan José Alvarez Costa, adhirió al pedido de pena de la Fiscalía, destacando entre los agravantes que fueron cuatro las víctimas, todas menores de edad al momento de los hechos, la relación asimétrica de poder y la extensión del daño acreditado durante la audiencia.
Por su parte la defensora oficial, Belén Blanchet, solicitó el mínimo de la escala penal -8 años- y planteó como atenuantes la historia de vida del condenado, su baja escolaridad, sus condiciones de vulnerabilidad, la ausencia de antecedentes y el reconocimiento de su responsabilidad.
EXTENSION, VICTIMAS Y CONFIANZA.
En los fundamentos, el fallo valoró la duración de los hechos, la cantidad y edad de las víctimas y el aprovechamiento de la relación de confianza. También ponderó que el condenado ocupaba una posición de guarda y mantenía un vínculo estrecho con la familia. Esa situación, según la sentencia, colocaba a las niñas en una posición de especial vulnerabilidad frente a una persona sobre la que pesaba una obligación de protección.
La sentencia también tuvo en cuenta las consecuencias acreditadas durante el juicio de cesura. Las pericias describieron afectaciones en la salud psíquica de las víctimas y cambios en distintos aspectos de su vida cotidiana. Sobre este punto, el fallo sostuvo que “la magnitud de las secuelas es palpable” y consideró esa circunstancia para agravar la respuesta penal.
En la imagen: los jueces del Tribunal Carlos Reussi, Ignacio Gandolfi y Juan Brussino; y las defensoras oficiales Graciela Carriqueo y Belén Blanchet junto al imputado Meza Torres (derecha). (archivo